Asesoría Fiscal

Régimen de exención de las indemnizaciones por despido o cese del trabajador

Las modificaciones introducidas por la ley 26/2014 entran en vigor, con carácter general , el 1/01/2015,

pero existen algunas excepciones significativas:

y que afectan en la declaración de la renta del 2014 a presentar a partir de hoy dia 7 de abril de 2015.
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En concreto nos estamos refiriendo al nuevo régimen de exención de las indemnizaciones por despido o cese del trabajador que ,ha entrado en vigor al día siguiente de la publicación de la ley 26/2014 en el BOE, el 29/11/2014, produciendo efectos jurídicos A PARTIR DEL 1/08/2014.

Entrando en materia:

1 se modifica el árticulo 7 e) LIRPF, que regula el régimen de exención de las indemnizaciones o cese del trabajador, para establecer un límite absoluto al importe de la exención que se cuantifica en 180.000 euros. Esto es , sigue vigente el régimen de exención actualmente aplicable, pero operando un límite máximo para la exención de 180.000 euros. 2 Las indemnizaciones por despido o cese del trabajador están exentas en la cuantía establecida con caracter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores. Ahora bien , se ha incorporado una Disposición transitoria vigésima segunda LIRPF para establecer que el nuevo limite cuantitativo de 180.000 euros no resultará de aplicación: 3 Con caracter general , a las indemnizaciones por despidos o ceses producidos con anterioridad al 1/08/2014 y a los despidos o ceses que, producidos a partir del 1/8/2014 se deriven de un expediente de regulación de empleo aprobado o de un despido colectivo en el que hubiera comunicado la apertura del periodo de consultas a la autoridad laboral, en ambos casos con anterioridad a dicha fecha.
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